La Agencia de Recaudación y Control de Argentina (ARCA) informó en las últimas horas los nuevos valores de las cuotas para trabajadores adheridos al régimen de Autónomos.
Los mismos tienen vigencia a partir de este viernes 15 de noviembre de 2024, y el primer vencimiento con los montos actualizados será en diciembre.
Los ajustes establecidos por el organismo recaudador, que reemplazó a la AFIP, van en línea con el último número de inflación e incluyen cambios tanto las categorías mínimas de revista como aportes específicos para regímenes diferenciales y otros casos especiales.
¿Qué categoría corresponde a cada trabajador autónomo?
Los “autónomos” son los ciudadanos que realizan una actividad económica, de forma habitual, personal y directa a título lucrativo, sin contrato de trabajo.
El régimen es previsional, es decir que contempla el pago de aportes para el acceso del trabajador a las prestaciones de la seguridad social, las mismas a las que accedería si trabajara en relación de dependencia, a través de los aportes personales y las contribuciones patronales, excepto las asignaciones familiares. Permite al trabajador, alcanzada la edad o los requisitos necesarios, acceder a una jubilación o pensión.
Paralelamente, los trabajadores autónomos quedan comprendidos en el régimen general impositivo, debiendo realizar la inscripción correspondiente en el Impuesto a las Ganancias y en el IVA.
La categoría se determina considerando la actividad desarrollada y los ingresos brutos obtenidos en el año calendario inmediato anterior a la fecha de categorización.
De tratarse de inicio de actividades, corresponde la categoría inferior de la tabla, de acuerdo con la actividad a desarrollar.