La Corte Suprema toma la iniciativa para designar buenos jueces

La Corte Suprema toma la iniciativa para designar buenos jueces
La Corte Suprema toma la iniciativa para designar buenos jueces

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha tomado una loable iniciativa destinada a mejorar sustancialmente la selección —y posterior designación— de los jueces de la Nación. Mediante la acordada 4/2026 ha aprobado, en su condición de cabeza del Poder Judicial, un “Reglamento de concursos para la selección de magistrados” y le ha propuesto al Consejo de la Magistratura de la Nación que lo apruebe y lo ponga en vigencia. La propuesta es trascendente, por el avance que significa, y muy oportuna, por la inmensa cantidad de vacantes que dificultan el buen funcionamiento de este poder del Estado.

Una de las innovaciones más importantes del nuevo reglamento consiste en establecer como regla general la realización de concursos anticipados, es decir, antes y no después de que se produzcan las vacantes.

Entre las múltiples ventajas de la anticipación sobresalen dos. La primera, que las vacantes podrían ser cubiertas de inmediato, en lugar de tener que esperar los dos o tres años que suelen llevar los concursos, como mínimo. La segunda, que evitaría las interferencias políticas, tan habituales y nefastas hoy en día. Porque los postulantes rendirían las pruebas sin saber para qué cargo concreto podrían ser luego designados.

La cobertura rápida e inmediata de las vacantes impediría llegar a una situación como la actual en la que más de un tercio de los cargos de jueces se encuentra vacante, circunstancia que prenuncia un colapso inminente e inevitable.

Los exámenes, por su parte, también cambiarían sustancialmente. En primer lugar, pasarían a ser dos en lugar de uno solo. El primero sería una prueba automatizada, de opciones múltiples y corrección informatizada, que mediría los conocimientos generales de derecho de modo objetivo. En caso de aprobarlo, los postulantes rendirían un segundo examen centrado en la resolución de casos.

Y no solo se propician medidas para reforzar el anonimato de los concursantes sino que también se separan las funciones de proponer las preguntas y el contenido de los exámenes y la de corregirlos, para evitar posibles filtraciones y colusiones.

Otra reforma esencial es la de limitar la discrecionalidad en la etapa de entrevistas personales, que constituye uno de los aspectos más deleznable en el sistema actualmente vigente y al que ya me he referido (ver, mi nota en este mismo diario del 12/8/2024).

Hoy en día, luego de la evaluación de antecedentes y de la corrección del examen escrito, los postulantes deben someterse a una entrevista personal, a la cual llegan ordenados por la suma de los puntajes obtenidos en las dos etapas anteriores, que en teoría deberían ser evaluaciones objetivas. Pero, y aquí viene el problema, con el sencillo argumento de un buen o mal desempeño en esa entrevista, cualquier consejero puede presentar un dictamen que implique que un candidato hasta ese momento ubicado, por ejemplo, en segundo lugar pase al vigésimo quinto y, al revés, que un candidato ubicado en el lugar décimo noveno pase a integrar la terna. Más arbitrariedad no se consigue. Ha habido casos, inclusive, en los cuales un consejero que no participó de las entrevistas ha propuesto ascensos o descensos astronómicos en el orden de mérito, argumentando que leyó el acta de esas entrevistas o escuchó el audio (que se conserva como resguardo).

El reglamento propuesto por la Corte Suprema cambia esa censurable discrecionalidad por un sistema de puntaje basado en indicadores objetivos y con límites previamente definidos, lo cual debería desterrar los ascensos y descensos meteóricos o injustificados en el orden de mérito de los concursos.

En definitiva, se trata de modificaciones propuestas por algunos de los propios consejeros durante los últimos años (incluido el autor de esta nota) basadas en la experiencia y con el aval de muchos concursos realizados y órdenes de mérito aprobados. Y aunque es de lamentar que no haya sido el propio Consejo de la Magistratura quien impulse la propuesta, es muy saludable y debe ser recibida con beneplácito la iniciativa de la Corte Suprema orientada, sin la menor duda, a mejorar la objetividad y transparencia en el proceso de selección de futuros jueces y a lograr que, finalmente, se designe a los mejores y más idóneos candidatos.

(*) El autor es exdiputado de la Nación (PRO) y exmiembro del Consejo de la Magistratura.