ARCA cambia las devoluciones del impuesto sobre los créditos y débitos

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) realizó modificaciones en el procedimiento para que los contribuyentes soliciten devoluciones por el Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias.

A través de la Resolución General 5634/2025, publicada este martes en el Boletín Oficial, el organismo implementó una nueva versión del aplicativo para solicitar las devoluciones.

Impuesto sobre los Créditos y Débitos: los cambios que implementó ARCA 

ARCA definió “aprobar el programa aplicativo denominado ‘Devoluciones y/o transferencias – Versión 5.0′”. Deberán utilizarlo los contribuyentes y/o responsables “comprendidos en las disposiciones de las Resoluciones Generales Nros. 2.224 (DGI), 1.466 y 3.900, sus respectivas modificatorias y complementarias”.

Es para solicitar la devolución de pagos o ingresos en exceso o la convalidación de sus créditos impositivos originados en el impuesto al valor agregado para ser transferidos a terceros.

La normativa, que lleva la firma del titular de la agencia, Juan Alberto Pazo, indica que las novedades de esta nueva versión, “sus particularidades de uso, características, funciones y aspectos técnicos podrán consultarse en la opción ‘Aplicativos’ del sitio web” del organismo.

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El Gobierno extendió un beneficio clave para las Pymes

Se trata de este régimen que permite que el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias pueda ser computado por las microempresas como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

De acuerdo con la resolución publicada el lunes, se tendrá en consideración el período de las remuneraciones devengadas entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de diciembre de 2025. 

El cómputo tendrá como tope el 30% del tributo efectivamente ingresado al comienzo del beneficio.

“La determinación nominativa de los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social deberá efectuarse mediante la utilización del release 3 de la versión 47 del sistema informático ‘Declaración en línea’ dispuesto por la Resolución General N° 3.960 y sus modificatorias, disponible en el sitio ‘web’ institucional y al que deberán acceder con Clave Fiscal”, explica la resolución.