MAR DEL PLATA.- El abuso sexual y posterior muerte de Lucía Pérez, ocurrido en 2016 cuando ella tenía 16 años, no deja de marcar huellas en el sistema judicial. Desde aquel inicial anuncio de un empalamiento difundido por la fiscal original, pero nunca admitido por los peritos forenses, hasta un juicio absolutorio para los acusados, la anulación de ese fallo, la realización de un nuevo debate oral con pena de prisión perpetua, idas y vueltas que derivaron ahora en este fallo de un tribunal superior, que atiende el planteo de la defensa y deja otra resolución contundente y que abrirá camino a nuevas apelaciones: descartó que se haya tratado de un femicidio.
La Sala IV del Tribunal de Casación Penal, que integran los jueces Víctor Violini y María Florencia Budiño, ordenó remitir las actuaciones al Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Mar del Plata que había dictado fallo condenatorio para que establezca una nueva pena para Matías Farías, principal acusado, pero solo como responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado, que tiene un máximo de 15 años de prisión según establece el Código Penal.
El recurso lo presentó la defensora oficial Laura Solari y fue el único que prosperó en esta instancia, ya que el tribunal superior descartó otros reclamos que habían recibido desde la defensa de Juan Pablo Offidani, el otro condenado, la representación legal de la familia de la víctima y también del Ministerio Público Fiscal.
“La existencia en el caso de un supuesto de violencia de género resulta innegable, pero así como sobra la prueba para afirmar que el consentimiento de parte de Lucía para mantener relaciones sexuales con el imputado no existió o, en su caso, jamás pudo tenerse por válido (…) no puedo seguir igual camino para con el dolo homicida, aun en referencia a su modalidad eventual, en tanto, no hay evidencias que validen ese escenario”, se lee en el voto compartido por ambos jueces.
Este fallo de Casación coincidió con la fecha en que Lucía Pérez hubiese cumplido 25 años y también con la que los padres de ella había elegido para inaugurar un espacio denominado “La Habitación de Lucía” que si bien recrea algunos elementos originales de los que la adolescente tenía en su casa, busca ser un espacio de reflexión y concientización sobre violencia de género.
“Es una crueldad esto no solo por la fecha, sino porque se volvió un caso interminable, que nunca tiene una sentencia definitiva”, señaló Guillermo Pérez, el padre de Lucía, que manifestó su disconformidad con este fallo y anticipó que insistirán con nuevas apelaciones. “Todas las que correspondan hasta que se haga justicia”, aseguró.
“Es otra violencia institucional más que sufre nuestra familia y el tercer fallo que pretenden imponer a un mismo crimen: el femicidio”, publicó Marta Montero, madre de Lucía Pérez, en redes sociales.
Este fallo tiene una doble significación por el momento en que aparece en escena. Rechaza que el caso haya sido un femicidio justo cuando el gobierno nacional está impulsando cambios para eliminar esa calificación legal entre los delitos contemplados en el Código Penal. El abuso sexual y muerte de Lucía Pérez se convirtió en un emblema de lucha de organizaciones e instituciones vinculadas a la prevención y condena de la violencia de género.
Farías tenía 23 años cuando ocurrieron los hechos que lo llevaron a prisión. Conoció a Lucía un día antes, cuando le ofreció marihuana a la salida de la escuela a la que ella concurría. Según surge de la reconstrucción de horas posteriores, ella lo llamó para verlo y acordaron encontrarse en el domicilio de él. Allí, de acuerdo a los peritajes, ella consumió cocaína y tuvieron relaciones. Se descompensó y con ayuda de dos amigos, a los que Farías llamó al efecto, la trasladaron a un centro de salud. El Tribunal de Casación valora que el acusado la asistió y permaneció a disposición en todo momento, aun cuando se había confirmado la muerte de la menor. “Prestó su colaboración para dar aviso a la familia de Lucía y luego acompañar hasta su domicilio a los agentes policiales, acciones que contradicen la virtual indiferencia que se le endilga”, apuntaron.
“Es claro que no existió en Farías dolo directo de homicidio, ni tampoco se ha constatado, conforme los argumentos brindados en el punto precedente, siquiera el dolo eventual, esto es, la representación en el autor del abuso sexual sufrido por Lucía Pérez Montero, de su muerte, y no obstante ello, seguir adelante con su accionar”, coincidieron los magistrados que luego argumentarían también para descartar la hipótesis de un posible encuadramiento como homicidio culposo.
Es otro eslabón más en esta causa judicial compleja desde su mismo arranque. Aquella citada conferencia de prensa de la fiscal María Isabel Sánchez, horas después de confirmada la muerte de Lucía, fue el primero mojón. Conmocionó cuando habló de un empalalamiento previo a la muerte o como parte de la causa. En la autopsia nunca figuró semejante dato.
La causa llegó a juicio con intervención del Tribunal Oral en lo Criminal N°1, que integraban Pablo Viñas, Facundo Gómez Urso y Aldo Carnevale. En 2018 coincidieron en que no hubo ni femicidio ni abuso sexual y solo condenaron a Farías y Offidani por comercialización de estupefacientes.
La familia de Lucía recurrió el fallo y logró no solo su anulación, sino que avanzó con la suspensión en sus funciones y llevó a jury a los jueces Viñas y Gómez Urso. Carnevale, en esa coyuntura, optó por su jubilación. El año pasado se expidió el tribunal de enjuiciamiento, no encontró elementos para avalar aquella acusación y los repuso en su cargo.
El 23 de marzo de 2023 se realizó un nuevo juicio, en este caso a cargo del Tribunal Oral en lo Criminal N°2, compuesto por Gustavo Fissore, Alexis Simaz y Roberto Falcone, quienes llegaron a un resultado muy distinto al de sus colegas que habían intervenido antes en el caso: condenaron a Farías por abuso sexual agravado y femicidio, por lo cual le impusieron la pena de prisión perpetua, y a Offidani le fijaron 15 años de cárcel por su participación en el hecho.
Previo a ese segundo juicio se había cuestionado desde las defensas lo que entendían como presiones al tribunal. Entre sus argumentos expusieron la fotografía que los padres de Lucía se sacaron con el entonces presidente de la Nación, Alberto Fernández, con una remera que tenía la cara de la víctima y la frase “Justicia por Lucía”. La familia siempre dijo que “justicia es perpetua”, la condena que finalmente se dispuso. Pero ahora todo cambió otra vez.