Los diputados del PRO Alejandro Bongiovanni y Daiana Fernández Molero presentaron un proyecto de ley para derogar la Ley N° 27.642, más conocida como “Ley de etiquetado frontal de alimentos“, sancionada el 26 de octubre de 2021.
“Vamos a derogar la Ley de Etiquetado Frontal. Es una mala ley excesivamente paternalista que no sirve, no te informa. Porque, si todo tiene sello, es como si nada tuviera sello. Este es el Estado tratando al consumidor no solo como un niño, sino como un niño medio idiota”, sostienen en un video publicado en la red social X.
“Chau a los octógonos. Con @daianamol proponemos eliminar la Ley de Etiquetado Frontal, que no ha servido más que para confundir consumidores y entorpecer el comercio internacional de productos argentinos”, indicó Bongiovanni.
¿Chau etiquetado frontal? Qué dice el proyecto que busca eliminar los sellos negros de los alimentos
El proyecto señala que el objetivo es “la restitución de la libertad de productores y consumidores de alimentos, mediante la derogación del Régimen de Etiquetado Frontal Ley N° 27.642, cuyos objetivos se cumplen de modo más eficaz con la normativa ya vigente en el Código Alimentario en relación a rotulado, comercialización e información”.
Además, se indica que “desde un punto de vista económico o financiero el proyecto no tiene costo fiscal, no requiriendo fuente de financiamiento”.
“El universo de potenciales beneficiarios abarca a productores, exportadores, importadores y comercializadores de los alimentos alcanzados por la Ley N° 27.642, y a sus consumidores”, concluyeron.
¿Qué establece la Ley de Etiquetado Frontal?
La ley tiene como objetivo advertir a los consumidores sobre los excesos de grasas, sodio y azúcares en los productos, con el fin de ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos.
La normativa obliga a las marcas a exponer información sobre los productos a través de un sistema de etiquetado que advierte cuando tiene “exceso en azúcares”, “exceso en sodio”, “exceso en grasas saturadas”, “exceso en grasas totales”, y/o “exceso en calorías”, según valores propuestos por la OPS, y otro tipo de advertencias como la presencia de edulcorantes o cafeína.
También establece que este tipo de productos no pueden tener publicidad comercial dirigida a niños, niñas y adolescentes ni ser vendidos en entornos escolares. Además, los artículos con más de un sello de advertencia no podrán incluir dibujos animados, personajes, figuras públicas, regalos ni elementos que llamen la atención de niños, niñas y adolescentes en su frente.
El objetivo de la Ley de Etiquetado Frontal, sancionada en 2021, era prevenir la malnutrición y enfermedades crónicas no transmisibles.