La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) logró cerrar en las últimas horas un nuevo aumento salarial para los trabajadores de las empresas de viajes y turismos, correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 547/08.
El acuerdo por el sindicato conducido por Armando Cavalieri regirá durante los meses de febrero, marzo y abril de 2025 e incluye un incremento del 5,1% escalonado en tres cuotas.
Esta recomposición se abonará en forma de asignación no remunerativa. Además, esta suba en los sueldos se tomará en cuenta para el cálculo de adicionales por presentismo, antigüedad y titulo.
Paritaria de FAECyS: cómo se pagará el aumento salarial
Las partes acordaron un incremento del 5,1% que se aplicará sobre las escalas básicas de enero 2025 bajo el siguiente esquema:
- 1,7% en febrero 2025
- 1,7% en marzo 2025
- 1,7% en abril 2025
De esta forma, los montos pactados serán incorporados progresivamente a los básicos de convenio de la siguiente forma:
- El aumento de febrero 2025 se incorporará en los haberes de marzo.
- El aumento de marzo 2025 se incorporará en los haberes de abril.
- El aumento de abril 2025 se incorporará en los haberes de mayo.
El acuerdo estará vigente desde el 1° de febrero de 2025 hasta el 30 de abril de 2026 hasta el 30 de abril de 2026. Asimismo, la FAECyS y la Federación Argentina de Empresas de Viajes y Turismo (FAEVYT) acordaron reunirse nuevamente en mayo de 2025 para evaluar la necesidad de eventuales ajustes.
Cualquier suba adicional que se acuerde en esa instancia, se realizará en forma no remunerativa y sin acumulación.

El sindicato a cargo de Armando Cavalieri cerró una suba salarial para el personal de empresas de viaje y turismo.
Empleados de comercio: cuánto cobra un empleado de turismo en febrero 2025
Los trabajadores del sector de turismo cobrarán según la categoría con el grupo correspondiente.
Empleados de turismo | |||
Categoría | Haber mensual a partir del 1° de febrero del 2025 (a cobrarse en marzo) | Haber mensual a partir del 1° de marzo del 2025 (a cobrarse en abril) | Haber mensual a partir del 1° de abril del 2025 (a cobrarse en mayo) |
Administrativo | |||
A1 Supervisor | $ 982.668 | $ 999.373 | $ 1.016.363 |
A2 – Administrativo 1º | $ 971.935 | $ 988.459 | $ 1.005.263 |
Vendedor | |||
B1 Supervisor | $ 982.668 | $ 999.373 | $ 1.016.363 |
B2 – Vendedor 1º | $ 971.935 | $ 988.459 | $ 1.005.263 |