Empleados de Comercio: el pago doble, con aumento y obligatorio que se define en septiembre 2024

La revisión paritaria que acuerde la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) con las cámaras empresariales en septiembre determinará el cálculo para liquidar el feriado trabajado del lunes 30.

Si bien la jornada de celebración por el “Día del Empleado de Comercio” se pautó por ley para todos los 26 de septiembre, para este 2024 se aplicará una vez su traslado.

Según informó el sindicato conducido por Armando Cavalieri el viernes, la alteración con su eventual pago diferencial recaerá en los mercantiles que realicen actividades enmarcadas en el CCT 130/75.

Las celebraciones por el Día del Empleado de Comercio se trasladarán oficialmente al lunes 30 de septiembre

“Los importes no remunerativos pactados en el presente acuerdo deberán ser tenidos en cuenta para el cálculo de los pagos correspondientes a los días trabajados feriados nacionales y domingos, siendo que el pago de dichos conceptos cobrará operatividad a partir del mes de julio de 2024, es decir, no tendrán efecto retroactivo de ninguna naturaleza”, puntualizó el segundo inciso reglamentario del acuerdo trimestral del 13,5%. Se espera que la revisión próxima a concretarse adopte el mismo condicionante.

¿Cómo hacer el cálculo de hora extra trabajada para los Empleados de Comercio?

Según especificó el portal contable Calim, para calcular el valor de las horas extras al 100% (modalidad que adoptará en septiembre por la celebración por el Día del Empleado de Comercio) se deberán realizar cuatro operaciones básicas:

1) Tomar el salario bruto mensual del trabajador y dividirlo por la cantidad de horas laborales del mes;

2) Una vez calculado este monto, será necesario aplicarle el incremento del 100% 

Valor básico por hora X 2 (para sumarle el 100%)

3) Luego, se tomarán los importes obtenidos para multiplicarlos por la cantidad de horas extras trabajadas al 100%.