Este jueves, el Gobierno prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la venta de dos populares marcas de aceite de oliva por tratarse de productos ilegales.
Esto fue ordenado por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) a través de dos disposiciones publicadas en el Boletín Oficial este jueves: la 10734/2024 y la 10736/2024.
En las resoluciones, el organismo advierte que los productos pueden suponer un riesgo para la salud de los ciudadanos.
Los aceites prohibidos por ANMAT
Valle Gran
La disposición 10734 fija la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, del producto: “Aceite de oliva extra virgen marca Valle Gran; Elaborado: RNPA 180001695; Fraccionado: FECOAGROS; Rodríguez s/n, Santa Lucía, San Juan, Argentina; RNE 18000615.
La normativa aplica para cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo un número de RNE dado de baja y un número de RNPA inexistente.
Olivos San Cayetano
Por su parte, la Disposición 10736/2024 establece la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización del: “Aceite de Oliva Sabor Clásico Extra Virgen, marca Olivos San Cayetano, Elaborado y Fraccionado por Establecimiento, RNE: 13004677, RNPA: En trámite, Hab. Municipal 855 933 A 2011, Origen: Maipú, Mendoza”.
Aplica para cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo un número de RNE dado de baja, un RNPA inexistente y un número de habilitación municipal inexistente, “resultando ser en consecuencia un producto ilegal”.
Exigen retirar aceites de los supermercados: el proceso para prohibirlos
En los considerandos, la normativa señala que las actuaciones se iniciaron a partir de una notificación por parte de la Dirección de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza, en relación al producto que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.
La Dirección de Inspección General y Fiscalización de la municipalidad de Godoy Cruz realizó una inspección en un comercio de dicha localidad donde detectó la comercialización y procedió a la intervención del producto. Dado que, al realizar la consulta en la página oficial del SIFeGA no se encontró existencia de los números de registro exhibidos en el rótulo.
Atento a ello, la Dirección de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza procedió a realizar las Consultas Federales dirigidas a la División de Alimentos de la provincia de San Juan a fin de consultar por los registros exhibidos en el rótulo del producto. Allí respondieron con la negativa acerca de los números de registro.
En el caso de la marca Olivos San Cayetano, las actuaciones se iniciaron a raíz de un reclamo de un particular ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL).
Fue en relación a la genuinidad del producto que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente y que el particular manifestó que la ingesta del producto le habría causado malestar estomacal.