El Gobierno nacional pagará en octubre un nuevo bono de Refuerzo a jubilados y pensionados de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) con haberes mínimos.
El adicional oficializado este lunes mediante el Decreto 861 firmado por el presidente Javier Milei ascenderá a un máximo de $ 70.000 para quienes, sumado el ingreso regular, no superen el techo de $ 314.250,10.
En paralelo, el Ministerio de Capital Humano pondrá en vigencia el martes 1 las disposiciones de la Resolución 603/2024 referidas al Monotributo Social: afectarán a las titulares de los programas Volver al Trabajo y Acompañamiento Social.
¿Cuánto es el bono para jubilados en octubre?
ANSES pagará en octubre el bono de Refuerzo a tres categorías de jubilados y pensionados:
a) Las personas titulares de las Prestaciones Contributivas Previsionales a cargo de la ANSES [Jubilados y pensionados];
b) Las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus modificatorias,
c) Las personas beneficiarias de Pensiones No Contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables.
La cifra del adicional estará delimitada según el tipo de ingreso que, sumado al bono, no deberá sobrepasar el techo de $ 314.250,10. En caso se superarse esta condicional, se liquidará un importe proporcional para equipararlo.
Cambios en Volver al Trabajo y Acompañamiento Social
A partir del martes 1° de octubre, los titulares de Volver al Trabajo y Acompañamiento Social que se encuentren dentro de la categoría de Monotributo Social deberán pagar el 50% del componente de obra social, tanto los propios como de los adherentes a los que se tenga afiliados.
Así lo dispuso el Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, el 3 de septiembre mediante la Resolución 603/2024.
La modificación impactará en 1.216.360 beneficiarios, de los cuáles 622.477 son titulares y 593.883 son adherentes.
Además, para mantenerse en el régimen, desde octubre se deberá emitir un mínimo de 6 facturas por semestre, (exceptuando aquellos que por disposiciones legales se encuentren exentos de dicha obligación).