La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el consumo de una harina que no cumple con la normativa alimentaria vigente.
Se trata del producto “Harina de Moringa Oleifera; Instantáneo; Alcalino; Originario de la India; marca LUC VER; Luc Ver Productos Naturales Lip & Hnos.; Monte Los Pinos 256, Stgo. de Surco, Lima, Perú; R.U.C 10420756998, Reg. Sanit. 93705908SNASBTA”.
Según lo indicado en la disposición 7998/2024, publicada en la edición del Boletín Oficial de este jueves, la harina fue calificada como “ilegal” dado que no constan antecedentes de registro del producto, como así tampoco antecedentes de su ingreso al país.
¿Cómo detectaron la harina ilegal?
La investigación se inició a partir de la consulta de un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL). Ante ello, el departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL realizó la consulta correspondiente al Servicio de Autorización Sanitaria de Alimentos para el Comercio Exterior de la Dirección de Fiscalización y Control del INAL.
Por lo tanto, al tratarse de un “producto que no puede ser identificado en forma fehaciente” y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado “no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendido” en todo el territorio argentino.
A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, “toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad”, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el INAL recomendó prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en sitios de venta en línea del citado producto.