Qué dice la ley sobre los discursos de odio en redes sociales

Un estudio de la ONG Bullying Sin Fronteras aseguró que 7 de cada 10 niños sufren ciberacoso o acoso a diario - crédito ESET
Delitos de odio en redes sociales (ESET)

La regulación de los discursos de odio en redes sociales, en España, se aborda principalmente a través del Código Penal y diversas leyes autonómicas, aunque existen disparidades significativas en la protección ofrecida a los distintos colectivos vulnerables. Este enfoque fragmentado ha generado un entorno legal donde la aplicación de las leyes varía dependiendo de la región, lo que complica la persecución eficaz de estos delitos en un entorno globalizado como es internet.

El mencionado Código Penal, reformado en varias ocasiones desde su adopción en 1995, es el principal instrumento legal para combatir el discurso de odio en el país. En 2015, la reforma más reciente incluyó explícitamente la LGTBIfobia como una motivación que agrava las penas en delitos de odio, ampliando el alcance de los artículos 510, 511, 512 y 515. Estos artículos tipifican como delito cualquier acción que promueva, fomente o incite, directa o indirectamente, al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo o sus miembros por motivos de raza, origen nacional, religión, discapacidad, orientación sexual, entre otros.

En particular, el artículo 510 sanciona con penas de prisión a quienes promuevan discursos de odio que puedan incitar a la violencia contra grupos protegidos. Además, el artículo 22 establece que cualquier delito mencionado en el Código Penal puede considerarse un delito de odio si su motivación ha sido la orientación sexual, la identidad o la expresión de género de la víctima, ya sea real o percibida. Esto implica un aumento en la pena aplicada si se demuestra que el crimen fue motivado por prejuicios contra el colectivo LGTBI.

No obstante, para que una acción sea clasificada como un delito de odio, debe probarse que la motivación principal fue la pertenencia de la víctima a un colectivo protegido. Esta carga probatoria ha sido un obstáculo en muchos casos, ya que las intenciones discriminatorias detrás de un delito no siempre son evidentes o fáciles de demostrar. Además, la legislación española no es completamente uniforme, ya que las comunidades autónomas tienen competencia para desarrollar sus propias leyes en ciertas áreas, lo que ha generado diferencias significativas en la protección legal disponible en cada región.

Una protección desigual

En varias comunidades autónomas se han promulgado leyes específicas contra, por ejemplo, la violencia y discriminación hacia las personas LGTBI, que complementan el marco general del Código Penal. Así, Cataluña, Madrid y Andalucía han desarrollado legislaciones pioneras que no solo abordan el discurso de odio, sino que también incluyen medidas preventivas, sancionadoras y de apoyo a las víctimas.

Cataluña establece un régimen sancionador que permite a la administración pública actuar de oficio contra acciones que inciten al odio o a la discriminación, sin necesidad de una denuncia previa. Esta ley también prevé medidas específicas para proteger a las víctimas y educar a la población sobre la diversidad sexual y de género. Por su parte, Madrid ha implementado un sistema similar, donde se contemplan multas administrativas por actos discriminatorios y se garantiza la atención integral a las víctimas de delitos de odio. Estas leyes autonómicas buscan ofrecer una respuesta más rápida y eficaz, especialmente en el entorno digital, donde la propagación de estos mensajes puede ser rápida y devastadora.

Bandera LGTBI
Bandera LGTBI
(BIANCA DE MARCHI/)

Sin embargo, no todas las regiones de España cuentan con estas protecciones. Comunidades como Asturias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León y La Rioja no tienen leyes específicas que aborden la LGTBIfobia. En estas regiones, las personas LGTBI están únicamente protegidas por las disposiciones generales del Código Penal, lo que puede resultar insuficiente para abordar la discriminación en todas sus formas, especialmente en un espacio tan dinámico y difícil de regular como las redes sociales.

Desafíos en la implementación de la ley

Uno de los mayores desafíos en la aplicación de las leyes contra el discurso de odio en internet es la naturaleza transnacional de las redes sociales. Un comentario o publicación que es ilegal en España puede permanecer en línea si se aloja en un servidor en un país donde dicho contenido se considera protegido por la libertad de expresión. Este problema se agrava por la falta de un marco legal internacional coherente y por las diferentes interpretaciones de lo que constituye discurso de odio versus libertad de expresión en distintos países.

Además, aunque el Código Penal español y las leyes autonómicas proporcionan herramientas para perseguir los delitos de odio, la eficacia de estas medidas depende en gran parte de la capacidad de las autoridades para detectar, investigar y llevar a juicio estos casos. A menudo, los recursos destinados a estos fines son limitados, lo que puede llevar a una aplicación inconsistente de la ley. También es común que las víctimas de discursos de odio en internet no denuncien los hechos, ya sea por desconfianza en el sistema judicial, miedo a represalias o por no conocer sus derechos.